El principio del fin de la impunidad militar

Por: Víctor M. Quintana S. | 14 de Julio del 2011 | 00:17 hrs


Nunca se imaginaron las hijas de Rosendo Radilla, alcalde combativo de Atoyac de Álvarez Guerrero,  que la denuncia de la desaparición forzada de su padre por miembros del Ejército Mexicano en 1974 iba a tener repercusiones históricas. Nunca se imaginaron los arrogantes mandos militares que el trabajo de hormiga de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos en México iba a imponerles los controles sociales y ahora constitucionales que tanto han rechazado.
Ante la inutilidad o lentitud de las instancias gubernamentales de los derechos humanos las hijas de  Radilla,  luchador social y compositor de corridos, desaparecido en el contexto de la guerra sucia, acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el 2001. El caso pasó a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, quien en 2009 determinó que el artículo 57 del Código de Justicia Militar es incompatible con lo dispuesto en el artículo 2º de la Convención Americana de Derechos Humanos, porque al establecer cuáles son los delitos contra la disciplina castrense no garantiza a los civiles o a sus familiares que sean víctimas de violaciones a los derechos humanos, que tengan la posibilidad de someterse a la jurisdicción de un juez tribunal ordinario. Siguiendo esta determinación, el martes 12 de julio la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó restringir el fuero militar para que cuando miembros de las fuerzas armadas violen las garantías fundamentales sean juzgados en tribunales civiles.
Así, según la  Suprema Corte, ella misma y todos los tribunales del país están obligados a interpretar este precepto a la luz de la Convención Americana de Derechos Humanos y, consecuentemente, siempre que esté vinculado un civil al cual se le han violado, al menos en apariencia, sus derechos humanos por parte de las fuerzas armadas, la jurisdicción será del fuero común, y no la jurisdicción militar, porque hay una decisión de la Corte Interamericana que hemos decidido que obliga y vincula a los juzgadores mexicanos.
Además, la Corte otorga facultades a todos los tribunales del país para que en casos concretos analicen e interpreten las leyes que aplican para que sus sentencias estén acordes no sólo a nuestra Constitución sino a los tratados internacionales que México ha firmado en materia de derechos humanos. Hasta ahora sólo la propia Corte podía analizar la legalidad de una ley y su aplicación.
La importancia de estas resoluciones radica en cuatro cuestiones: la primera, que,  México reconoce la obligatoriedad de las convenciones internacionales en materia de derechos humanos y de las sentencias de los órganos de las mismas, como la Corte Interamericana. La segunda, que las resoluciones son muy oportunas teniendo en cuenta las numerosas denuncias de violaciones a los derechos humanos cometidas por las fuerza armadas en el contexto de esta “guerra contra el narcotráfico”.  La tercera, que plantea el principio del fin para la impunidad del Ejército y  del inicio del control constitucional, social, republicano,  sobre el mismo, pues hasta hoy se maneja como un poder que goza de un estado de excepción de facto.  La cuarta, que este hecho histórico es producto del activismo, de la presión, de la denuncia e incluso de la vida entregada de muchas organizaciones de derechos humanos de nuestro país.
Aquí es muy pertinente recordar que apenas el pasado 25 de junio tres derechohumanistas chihuahuenses, Lucha Castro, Emilia González y Gabino Gómez comparecieron precisamente ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para argumentar sobre la desaparición forzada de  los jóvenes Nitza Paola Espinoza, Rocío Irene Alvarado Reyes y José Ángel Alvarado Herrera el 29 de diciembre de 2009 por miembros del Ejército Mexicano, en el poblado de Benito Juárez, municipio de Buenaventura. Ésta y otras denuncias como las del caso de los campesinos ecologistas o de dos mujeres indígenas guerrerenses mucho habrán pesado en el ánimo de la Corte.
Las leyes ni se hacen ni se aplican solas: se necesitan luchadoras y luchadores que las hagan posibles y efectivas, como ahora.  Congratulémonos.

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