26 de Abril de 2012
Chihuahua, Chih. México.
El Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) sienta precedente en el sistema acusatorio, al obtener amparo a favor de una niña víctima de violación.

  • Jueces del Sistema Penal Acusatorio deberán respetar los derechos de las y los menores por encima de los derechos de los imputados.
  •  Las Abogadas del CEDEHM solicitarán al pleno del Supremo Tribunal de Justicia que las y los juzgadores  conozcan el alcance de la resolución judicial a efecto de evitar la revictimizacion en  casos análogos.

En la audiencia del  30  de marzo  de 2012  se formuló una acusación en contra de Luis Armando Granados Molina por delitos de violación y abuso sexual agravados; hacia una menor, hija de quien fue su pareja sentimental.
El 5 de Octubre de 2011 la defensa solicito al Ministerio Público,  la práctica de nuevos estudios psicológicos a la menor víctima, considerando que eran necesarias para impulsar un juicio justo y argumentando que la negativa significaría violentar  derechos del imputado.

A pesar de la argumentación legal y oposición de la Ministerio Público y Abogada Coadyuvante del CEDEHM basada en los Tratados Internacionales: CEDAW, Belen Do Pará y  la Convención del Niño,  que a partir de la reforma  constitucional,  son de observancia obligatoria para los Jueces Penales, el juez de garantía Octavio Armando Rodríguez Gaytán, autorizó el desahogo de la prueba pericial al preponderar los derechos del imputado  sobre los derechos de la menor.

Las abogadas del CEDEHM, quienes representan legalmente a la niña promovieron un juicio de amparo, estrenando las reformas del 10 de junio del 2011 e invocando el artículo 3 de la Convención sobre los derechos del niño y los tratados Internacionales, recordando que las decisiones judiciales relacionadas con menores deben anteponer el beneficio directo de las menores y  el principio pro persona.

El 30 de marzo, el Lic. Juan Carlos Zamora Tejeda, Juez Segundo de Distrito concedió el amparo  y protección de la justicia a favor de la menor, la resolución judicial es trascendental, porque evitará que mujeres y niñas agredidas sexualmente, sean revictimizadas con la estrategia de la defensa; además constituye un argumento jurídico solido para la protección de los derechos, pues señala la obligación de aplicar Tratados Internacionales (siempre invocados por el CEDEHM); y que, en un conflicto de derechos sometidos a cuestionamiento, debe prevalecer el interés del menor sobre cualquier otro.


Para mayor información, puede contactar: [email protected] / @cedehm  / (614) 415-4152

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